Accord commercial UE-Pérou : suite de la plainte de la société civile

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Le 16 janvier 2019, Justice et Paix et ses partenaires ont envoyé une lettre à la Commissaire au Commerce de la Commission européenne, Cecilia Malmström, pour lui demander de prendre des mesures claires vis-à-vis du gouvernement péruvien. En effet, malgré la lettre officielle envoyée par la Commissaire en juillet 2018 au gouvernement péruvien, exigeant la mise en place d’un plan d’action pour corriger la situation, le Pérou n’a encore pris aucune mesure et la société civile attend toujours une réponse officielle à sa plainte déposée le 25 octobre 2017. L’attente commence à être longue… De nuestra más alta consideración: Como es de conocimiento público, la Unión Europea (UE) reivindica la necesidad de una política comercial en la que el cumplimiento de compromisos ambientales y laborales asegure que el comercio promueva el desarrollo sostenible, en vez de buscar ventajas comerciales sacrificando los derechos humanos de los trabajadores, las comunidades y la naturaleza. Es lo que explica porque el artículo 1° del Acuerdo Comercial (AC) que celebró con Perú y entró en vigor el 2013 subraya que el respeto de los principios democráticos y los derechos humanos fundamentales, así como de los principios que sustentan el Estado de Derecho, inspira las políticas internas e internacionales de las Partes y constituye “un elemento esencial” del Acuerdo. Como consecuencia de ello, las partes vinculadas por el Acuerdo se encuentran obligadas a garantizar el cumplimiento de la legislación laboral y ambiental, así como los compromisos derivados de los convenios de la OIT sobre los derechos fundamentales de los trabajadores y trabajadoras. Mediante una comunicación oficial del 30 de julio de 2018 dirigida al Ministro peruano de Comercio Exterior y Turismo, Sr. Rogers Valencia, que saludamos en su oportunidad, usted destacó que el gobierno peruano viene fallando en la aplicación efectiva de estas obligaciones pues, no solo existe un déficit de participación de las organizaciones de la sociedad civil peruana en el monitoreo del AC, sino que la UE también tiene serias preocupaciones sobre la implementación efectiva del Título IX sobre Comercio y Desarrollo Sostenible en Perú, tanto respecto a las disposiciones laborales como ambientales. Existen serias deficiencias en la aplicación efectiva de las recomendaciones de los expertos de la OIT sobre los derechos fundamentales en el trabajo por parte del Perú, a la vez que se constatan muy altos niveles de informalidad en el mercado laboral y un persistente alto nivel de trabajo infantil, temas que – como Ud. dijo entonces – fueron el centro de las discusiones entre las partes en los últimos cinco años sin que haya habido mayores avances al respecto. En materia de protección ambiental, dijo también que preocupa a la UE la forma como la simplificación de procedimientos administrativos operada por Perú puede conducir, como de hecho ocurre, a una disminución de nivel de protección ambiental. En su carta, se planteó una lista de cuestiones que la Unión Europea esperaba que fueran abordadas por Perú a través de “un plan de acción bien definido y con plazos”. Compromisos que debieron acordarse en la pasada reunión que el Sub Comité sobre Comercio y Desarrollo Sostenible celebró hace unas semanas en la ciudad de Quito, Ecuador. Desde entonces, lamentablemente, la situación no ha mejorado sino todo lo contrario: el gobierno peruano no reconoce como válidos los motivos de preocupación expresados por la Unión Europea. No ha elaborado ningún plan de acción; y tampoco ha manifestado interés en acordar un compromiso constructivo que de cómo resultados mejoras en estas áreas de preocupación. Peor aún, mediante un Decreto Supremo (N° 345-2018-EF)1 su Poder Ejecutivo aprobó en diciembre pasado un Plan Nacional de Competitividad y Productividad que amenaza con una mayor degradación de los ya extensamente precarizados derechos de los trabajadores, partiendo para ello de la hipótesis de que los mismos constituyen una obstáculo para la formalización del empleo y la creación de nuevas fuentes de trabajo. Es decir mediante fórmulas que ya han sido implementadas en el Perú y, no solo no contribuyeron en modo alguno a la formalización de los empleos, sino que redujeron a su mínima expresión el ejercicio de libertades fundamentales como el derecho a los trabajadores a asociarse libremente y negociar colectivamente sus condiciones de empleo. El Plan Nacional de Competitividad y Productividad adoptado no solo no fue consultado con los trabajadores y trabajadoras, a pesar de que el Presidente Sr. Vizcarra se comprometió públicamente a someterla a consideración del Consejo Nacional del Trabajo a efectos de que las organizaciones de empleadores y trabajadores manifestaran sus puntos de vista y propuestas, sino quepor su contenido y por ignorar las propuestas alcanzadas para equilibrar su enfoque y contenido – obligó a la renuncia del Ministro de Trabajo, Sr. Christian Sánchez2, y todos los altos funcionarios de su sector. En materia ambiental, en vez de mejorar la situación también ha empeorado. Así lo demuestra la solicitud de consultas exigidas por el Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) en virtud del Capítulo de Medio Ambiente del Acuerdo de Promoción Comercial entre Estados Unidos y Perú. Consultas relacionadas con las preocupaciones expresadas por las autoridades norteamericanas con respecto a una reciente decisión peruana, materializada a través del Decreto Supremo N° 122-2018-PCM) de trasladar el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR) de su posición como agencia separada e independiente a una posición subordinada dentro del Ministerio peruano del Ambiente, lo que constituiría una infracción a lo establecido en el Anexo sobre Gobernanza del Sector Forestal (Anexo 18.3.4) del Acuerdo. Al tomar este paso sin precedentes, ha dicho el Representante Comercial de los EEUU Sr. Robert Lightizer, la Administración del Presidente Trump “deja en claro que toma en serio el monitoreo y la aplicación de los acuerdos comerciales de Estados Unidos, incluidas las obligaciones para fortalecer la gobernanza del sector forestal”3. Sra. Malmström, al pedir al gobierno peruano mejoras en las áreas de preocupación que mencionó en su carta de julio pasado basadas en un plan de acción “bien definido y de duración determinada”, y sobre todo de resultados que las partes debieron acordar en la reunión que las partes sostuvieron en Quito en noviembre pasado, Usted dijo también que de no haber progresos suficientes en esta materia, la UE “considerar[ía] el uso de los mecanismos existentes, incluido el procedimiento de ejecución para abordar los problemas identificados”. Mediante la presente comunicación, las organizaciones que conformamos el Grupo Consultivo Interno del Perú, y nuestras instituciones socias en la Unión Europea, quisiéramos solicitarle muy respetuosamente se adopten medidas de manera pronta y con apego estricto al procedimiento contemplado en el Título IX del Acuerdo Comercial entre las partes para asegurar de una manera apropiada que lo pactado entre éstas se va a cumplir porque, efectivamente, toman muy en serio sus obligaciones. Queremos aprovechar la oportunidad para agradecer los altamente calificados esfuerzos que el personal de la Comisión Europea ha desplegado, tanto para analizar seriamente las cuestiones que fueron planteadas en nuestra Queja presentada el mes de octubre de 2017, así como para promover causes que permitan superar de manera efectiva los motivos de preocupación que compartimos al respecto. Agradeciendo asimismo la atención que dispense a la presente, nos valemos de la misma para reiterarle las muestras de nuestra especial consideración. Atentamente, Ana Romero Cano (Coordinadora GCI – Perú) & Géraldine Duquenne (Coordinadora de la Plataforma Europa Perú)
1 https://www.mef.gob.pe/es/por-instrumento/decreto-supremo/18913-decreto-supremo-n-345-2018-ef/file 2 https://rpp.pe/politica/gobierno/el-ministro-de-trabajo-christian-sanchez-renuncio-al-cargo-noticia-1168252 3 https://gestion.pe/economia/representante-comercial-ee-uu-solicita-consultas-peru-caso-osinfor-254793

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